Invoice Mx aplica las disposiciones fiscales y de validación del SAT para CFDI 4.0. Esta página resume reglas relevantes para el timbrado. La información no sustituye asesoría fiscal profesional.
Según el Artículo 113-J de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), cuando el emisor es persona física en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y el receptor es persona moral, el receptor está obligado a retener y enterar al SAT el ISR (1.25% sobre el subtotal). El SAT exige que esta retención se refleje en el CFDI (validación por Marca LCO).
En Invoice Mx: En la pantalla de Una factura, si su régimen fiscal es RESICO (626) y el cliente seleccionado es persona moral (RFC de 12 caracteres), el sistema le informa que aplica la retención y le ofrece agregarla antes de timbrar. Usted puede optar por no incluirla; fiscalmente está obligado a su aplicación. Si factura sin retención, Invoice Mx no se hace responsable del contenido fiscal del comprobante.
Invoice Mx soporta facturas de Ingreso, Egreso, Traslado, Nómina y Pago. Para complementos de pago, nóminas y adendas específicas, consulte la documentación del PAC y del SAT. Las reglas aquí descritas se irán ampliando según disposiciones vigentes.
Consulte al SAT y a su contador para aplicar correctamente las obligaciones fiscales en su caso.